Para solicitar una exención del 25% no es necesario que tengas experiencia profesional en el mismo ámbito del ciclo que estás cursando. Sí que será indispensable que en tu informe de vida laboral consten cotizadas, en cualquier ámbito o sector, el doble de las horas del módulo/crédito de la FCT del ciclo matriculado.
Documentación que tendrás que aportar para una exención del 25%: Informe de vida laboral actualizado.
- Para solicitar una exención del 50% o el 100% es necesario tener experiencia profesional en el mismo ámbito del ciclo formativo que estás cursando.
- En caso de pedir una exención del 50%: deben constar cotizadas la mitad de horas del módulo/crédito de la FCT del ciclo matriculado.
- En caso de pedir una exención del 100%: deben constar cotizadas como mínimo las horas del módulo/crédito de la FCT del ciclo matriculado.
Documentación que deberás aportar para una exención de un 50% / 100%: Informe de vida laboral actualizado +
Certificado de tareas original, lo más extenso y detallado posible, formado y sellado por la empresa.
Exención para autónomos:
Puedes solicitar una exención del 25%, 50% o 100% de la FCT. En caso del 50% y 100%, será necesario que tengas experiencia profesional en el mismo ámbito del ciclo formativo que estás cursando.
- Para un 25% de exención: deben constar cotizadas en cualquier ámbito laboral el doble de las horas del módulo/crédito de la FCT del ciclo matriculado.
- Para un 50% de la exención: deben constar como cotizadas, como mínimo, las horas del módulo/crédito de la FCT del ciclo matriculado en el ámbito laboral de tu formación.
- Para un 100% de la exención: deben constar cotizadas como mínimo las horas del módulo/crédito de la FCT del ciclo matriculado.
Documentación que deberás aportar como autónomo: Informe de vida laboral actualizado + Certificado de alta de la actividad económica + Recibos de cotización de la Seguridad Social + Cuota de Régimen de Autónomos + Declaración trimestral (modelo 130): Certificado de tareas original lo más extenso y detallado posible formado y sellado por la empresa. En su defecto, declaración jurada detallada.
*Las exenciones y resoluciones favorables de la FCT se constatarán como exención y no computan como nota en el expediente académico.
¿Dónde enviar la documentación?
Se facilitará a través de mensajes a tu gestor de FCT en 'Mi Cuenta', donde también se recibirá la notificación sobre la resolución de la exención y los pasos a seguir posteriormente. La exención se tramitará a lo largo del semestre, y una vez tramitada, se notificará.